
"El propósito de la educación no es generar aprendizajes permanentes sino las competencias necesarias para que los alumnos aprendan de manera permanente"
Desde la legislación educativa española, con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su Preámbulo, se observa cómo se hacía ya referencia, entre otros aspectos, a la necesidad de cohesionar a la sociedad, favorecer la inclusión o generar un aprendizaje permanente a lo largo de la vida adaptado a la sociedad del conocimiento en la que actualmente vivimos. De este modo, se introduce el concepto competencias básicas por vez primera en la normativa educativa estatal como elemento configurador del currículo.
Tras varios años de implantación y desarrollo de
las competencias básicas, en el año 2013 se publicó la Ley Orgánica de Mejora de Calidad de la Enseñanza, LOMCE (2013).
Esta nueva ley, no resulta más que una modificación de la LOE de 2006. Una de
estas modificaciones al respecto promueve poner el énfasis en el modelo de
cambio educativo del currículum basado en las competencias (las cuales
cambiaron de terminología, pasando a denominarse "competencias claves" y
reduciéndose de ser 8 a ser 7).
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